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¿Sanciones por facturación electrónica? Qué consecuencias temer

¿Sanciones por facturación electrónica? Qué consecuencias temer

Por Virginia Fabris

El 4 de mayo de 2025

Existen formas específicas de elaborar las facturas electrónicas, así como plazos que deben cumplirse para su envío. Se aplican sanciones en caso de incumplimiento o violación de los plazos de emisión de facturas electrónicas.

Al haberse incluido la facturación electrónica como práctica obligatoria para muchos profesionales en 2019, se han reducido para este año las sanciones por redacción y envío inadecuado de facturas.

No obstante, el llamado periodo de prueba finalizará con la llegada de 2020. En la actualidad, por tanto, aunque la facturación electrónica es todavía un procedimiento relativamente nuevo, hay que tener cuidado de no incumplir la normativa sobre emisión de facturas electrónicas.

Ahora bien, ¿cuáles son las sanciones por facturación electrónica incorrecta actualmente en vigor? Veámoslas más de cerca.

Facturación electrónica: las normas que hay que respetar

La facturación electrónica se ha convertido en una práctica obligatoria para todos los titulares del IVA a partir del 1 de enero de 2019. Los únicos excluidos de esta obligación hasta la fecha son los miembros del régimen de tanto alzado o los productores agrícolas.

Las facturas electrónicas deben contener cierta información, deben redactarse de acuerdo con una plantilla específica y deben utilizar un formato particular (XML). En particular, las facturas electrónicas deben contener al menos los siguientes datos

  • La fecha de emisión de la factura;
  • El número secuencial con el que se emitió la factura;
  • Los datos de identificación del emisor;
  • Los datos de identificación del destinatario;
  • La descripción de la calidad, cantidad y precio de los bienes en cuestión;
  • La base imponible del IVA y su cálculo;
  • El total de la factura.

¿Qué dice la ley? Un vistazo a la normativa vigente

La expedición y transmisión de facturas electrónicas se rige, concretamente, por dos reglamentos:

  1. El artículo 6 del Decreto Legislativo 471/1997;
  2. El artículo 6 del Decreto Legislativo 472/1997.

En qué plazo deben expedirse las facturas? → Plazo de presentación

Las facturas electrónicas deben enviarse al Sistema di Intercambio (SdI) en dos plazos diferentes, en función del tipo de documento elaborado.

  • En el plazo de 12 días desde la fecha de emisión de la factura, en el caso de factura inmediata;
  • Antes del día 15 del mes siguiente a la fecha de la factura, en el caso de una factura diferida.

¿Cuál es elrégimen sancionador de la facturación electrónica?

Se prevén sanciones por facturas electrónicas enviadas incorrectamente en caso de:

  • Errores al compilar la factura;
  • Omisiones al compilar la factura;
  • Envío tardío de la factura electrónica.

☝ Si se infringen varios plazos al mismo tiempo, las sanciones se emitirán en un solo bloque, según el principio de "acumulación legal".

Veamos ahora el régimen de sanciones actualmente en vigor.

Sanciones por retraso en el envío de facturas electrónicas y por no emitir facturas

Existen varias infracciones posibles de la normativa sobre facturación electrónica. En función de su naturaleza, se incurre en distintos tipos de sanciones.

Las sanciones por facturas electrónicas emitidas erróneamente son las siguientes:

→ Si: el error en la factura electrónica se produce sin consecuencias para la correcta liquidación del IVA, se incurre en una sanción de entre 250 y 2.000 euros.

→ Si: existen omisiones, retraso en el envío o errores en el contenido, se aplica una sanción de entre el 90% y el 180% del impuesto, lo que equivale a un importe mínimo de 500 euros.

→ Si: se registran importes no sujetos a IVA o con inversión del sujeto pasivo, la sanción es del 5% al 10% del importe, por lo que el importe mínimo también es aquí de 500 euros.

☝ En el caso de infracciones puramente formales, no se prevé ninguna sanción, de conformidad con el artículo 6, apartado 5-bis, del Decreto Legislativo 472/1997.

Novedades en 2021

A partir de 2021 entran en vigor nuevos códigos:

  • Para identificar el tipo de documento: pasan de 7 a 18;
  • "Naturaleza de la transacción": pasan de 7 a 21.

La introducción incorrecta de los códigos se considerará un error formal en la expedición de la factura. Como acabamos de ver, según los apartados 1 y 2 del artículo 6 del Decreto Legislativo de 1997, la sanción consiste en una multa de entre 250 y 2000 euros.

¿Cómo regularizar una factura no emitida? El procedimiento de regularización

En caso de errores u omisiones, es posible regularizar, es decir, realizar correcciones en las facturas emitidas mediante el instituto del "ravvedimento operoso". Esta posibilidad está confirmada por el artículo 13 del Decreto Legislativo de 1997, modificado en 2016.

En caso de rectificación de infracciones, o " ravvedimento operoso", es posible obtener una reducción de las sanciones por tales infracciones. Las reducciones varían en función del tiempo transcurrido entre la infracción y la rectificación efectuada por el contribuyente.

De hecho, existen diferentes tipos de rectificaciones voluntarias:

  • La amonestación breve: si la rectificación se realiza dentro de los 30 días siguientes a la comisión de la infracción. En este caso, la sanción será de 1/10 del mínimo.
  • El arrepentimiento largo: si la rectificación se realiza entre los días 31 y 90 posteriores al vencimiento. En este caso, se aplicará 1/9 del mínimo.
  • El arrepentimiento largo o anual: que abarca el periodo comprendido entre el día 91 y la fecha límite de presentación de la declaración del año en curso. En este caso, la sanción es de 1/8 del mínimo.
  • La condonación más allá del año: cuando la corrección se efectúa antes de la fecha límite de presentación de la declaración del año siguiente. En este caso, la sanción es de 1/7 del mínimo.
  • Devolución más allá de dos años: si la corrección se realiza en los dos años siguientes a la comisión de la infracción. La sanción en este caso corresponde a 1/6 del mínimo.
  • Reprensión tras impugnación: si la infracción es impugnada por la Agencia Tributaria. En este caso se aplica una sanción correspondiente a 1/5 del mínimo.

👉 Con el Decreto Legislativo de 1997, se introdujeron dos nuevos niveles de amonestación, aplicables en caso de:

  • La subsanación se produzca dentro de los 90 días siguientes a la fecha de vencimiento, entonces se produce una reducción de la sanción a la mitad;
  • El pago se efectúa dentro de los 15 días siguientes a la fecha de vencimiento, entonces la reducción es de 1/15 de la sanción.

¿Cómo calcular la sanción por retraso en la facturación electrónica?

¿Teme una sanción pero no sabe a cuánto ascendería? Para los contribuyentes trimestrales, el artículo 1 apartado 6 del Decreto Legislativo 127/2015 habla claro:

Quien infrinja las obligaciones relativas a la documentación y registro de las operaciones gravadas a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido o a la identificación de productos concretos, será sancionado administrativamente con una sanción de entre el noventa y el ciento ochenta por ciento del impuesto correspondiente a la base imponible incorrectamente documentada o registrada durante el ejercicio.

¿Cómo se deben pagar las sanciones?

El pago de las sanciones debe realizarse necesariamente cumplimentando el modelo F24 que se encuentra disponible en la página web de la Agencia Tributaria. En concreto, se debe cumplimentar el apartado de Hacienda, especificando el código fiscal 8911.

Ahora que ya estás debidamente informado de los riesgos que conlleva no redactar y transmitir correctamente una factura electrónica... ¡suerte en la gestión de tu facturadora! Si necesita aclaraciones o tiene alguna pregunta, no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo. Deje un comentario en la sección correspondiente, ¡recibirá nuestra respuesta lo antes posible!

Artículo traducido del italiano